Judicaturas II

Enero 2018

Uno de los motivos por el que las “fallas” en tantas instituciones estatales de -supuesto- servicio público se repiten y perpetúan es porque los Estados no sobreviven ni crecen debido al grado de su excelencia (como ocurre con los proveedores de servicios en mercados libres y competitivos) sino por su capacidad de coacción.
Y ciertamente la Justicia, en tanto institución monopólica de Estado, no es la excepción.
La actividad privada voluntaria (con el afán de lucro morigerado por la competencia como motor) será siempre superior en resultados a la actividad del gobierno (con la coerción como motor) en cualquier área, incluyendo la de controlar -y hacer pagar- a quienes perjudiquen al prójimo.

Como comentáramos en la nota de divulgación precedente (Judicaturas), existen alternativas de impartición eficiente de justicia para los casos que hoy abarrotan los tribunales civiles (mayormente disputas de índole económica).
Las hay de la mano de entidades privadas de mediación y arbitraje en combinación con compañías de seguros; y eventualmente de estas últimas con agencias de seguridad.
Pero también las hay para los casos penales más serios, incluyendo daños, estragos, agresiones o asesinatos.

El concepto estatista de justicia punitiva, hoy vigente, es aquel donde el delito del reo es considerado una ofensa “a la sociedad” siendo esta representada por el Estado, quien eventualmente captura, juzga, condena y castiga con prisión al delincuente, con cargo de todos los gastos a la misma e indiferenciada “sociedad”, a través de dos únicos caminos complementarios: impuestos generales (incluyendo entre estos a la inflación) y deuda nacional.

Por el contrario, el concepto libertario o anarcocapitalista de justicia es aquel donde el delito del reo es considerado una ofensa personal a la víctima con quien contrae una deuda que habrá de ser compensada en dinero, que el mismo delincuente deberá abonar.
Nada tienen que ver aquí el resto de los ciudadanos (“la sociedad”), a quienes en ningún caso se cargará con los costos del proceso.

En este sistema de justicia retributiva quien condena y mensura la correspondiente indemnización final en dinero es un árbitro privado (tras las correspondientes mediaciones y eventuales apelaciones, tal como se detalla en la nota precedente), quien detiene es una agencia de seguridad e inteligencia privada, quien cobra al victimario y abona a la víctima es el propietario del campo de trabajo privado de alta tecnología penal-empresaria donde el agresor quedará internado hasta que salde su deuda y quien indemniza (si corresponde), es una compañía de seguros privada.

De este modo, el reo que no quiera o no pueda pagar la suma fijada en su condena arbitral quedará internado en el campo de trabajo que mejor se adecúe a sus habilidades, donde generará a lo largo de los años que hagan falta (eventual capacitación incluida) el dinero para pagar todos los costos de su captura y proceso, así como los de su manutención y educación además de la suma indemnizatoria destinada a su/sus víctima/s o heredero/s, cargos eventual, total o parcialmente adelantados a los acreedores por la compañía de seguros interviniente.
Con independencia de lo anterior, cabrá al árbitro la potestad de imponer un número mínimo de años de reclusión, a fin de impedir que personas ricas puedan agredir o matar en forma impune, pagando exclusivamente en dinero por ello. Así como cabrá a la víctima la potestad de renunciar a su acreencia, liberando al delincuente de esa responsabilidad, si bien no de su prontuario, expuesto de por vida en red abierta.

Es dable imaginar a estos modernos centros de detención privados con explícito fin de lucro, como una combinación sinérgica de servicio social y ganancia empresaria, operando bajo las modalidades más creativas y diversas que el ingenio humano pueda proponer.
Incluyendo variantes de premio-castigo para los internos que colaboren en favor o que se rehúsen a cumplir con su rutina. Agregando o quitando privilegios y calidad de servicios, que podrían contemplar ítems como la comida, el esparcimiento, las tecnologías, el tipo de contacto con familiares o la provisión de muy distintas clases de comodidades sanitarias, de trato, de horarios o alojamiento.

Como decíamos antes, en una comunidad altamente contractual (voluntaria; no coactiva) y conectada en red a todo efecto, la condena social y comercial, la exclusión virtual, financiera y hasta física constituiría un muy poderoso disuasivo frente al crimen y la estafa, estimulando en gran forma la virtud de la responsabilidad y la cultura del trabajo honesto, así como la meritocracia.
Efecto rector que obviamente aplicaría a las mismas agencias de seguridad, compañías de seguros y agencias arbitrales (en abierta competencia de mercado), quienes dependerían de su reputación, economía, rapidez y afabilidad de trato para sobrevivir y prosperar.

En cuanto al tratamiento de delitos “contra la sociedad en su conjunto” como es el caso de los tan actuales crímenes “de corrupción”, deberíamos situarlos también en un marco libertario, donde un hecho de corrupción como podría ser una coima o porcentaje para que el funcionario responsable direccione la licitación de un puente cuyo contratista lo haga con sobreprecio, será cuestión privada denunciable por parte de cualquiera de los aportantes afectados: individuos o redes contractuales de ellos; empleadores que pagan el sueldo del gerente-funcionario a cargo de la contratación de ese puente en particular, de uso privado o público-pago, encomendado por la comunidad en red (de primero, segundo o tercer grado) contractualmente organizada de la que se trate.
En un sistema así, la corrupción sería sin duda (y como tantos otros) delito en vías de extinción.

Disminuir la capacidad coercitiva del gobierno (por ejemplo, en el caso de la Justicia) aumenta la eficiencia del desenvolvimiento social en la creación de valor al hacer variar el fiel de la balanza hacia lo voluntario-contractual que es, qué duda cabe, la variante más evolucionada.
Reducir proporcionalmente la exacción impositiva (en línea con la no-violencia) a medida que el Estado se retira dando paso y oxígeno a la iniciativa privada equivale a poner más dinero en los bolsillos de la gente y a empoderarla en su capacidad de elección ya que, como todos sabemos, la libertad sin medios no sirve de mucho ni inspira a las mayorías en la necesaria pasión de su defensa.